El Mercurio, 26/8/2008
Opinión

Educación estatal y financiamiento

Harald Beyer.

La discusión sobre la educación estatal en Chile está llena de equívocos. Probablemente, porque el objetivo central detrás de muchos de los argumentos -los sofisticados y los que no lo son tanto- es detener su caída. Entre 1980 y 2007, su matrícula pasó desde el 77 al 46 por ciento. No hay una sola causa detrás de este hecho, pero las principales parecen ser la libertad de elección de la que gozan los padres y apoderados en Chile y, en un lejano segundo lugar, la reacción más rápida del mundo privado a los cambios poblacionales que han sufrido en estas casi tres décadas los distintos centros urbanos del país. Por cierto, la reacción más remolona del sector municipal no se puede separar del todo de los inconvenientes que les significa el estatuto docente. Curiosamente, la reacción no es modificar dicho estatuto, sino que regular la oferta, ya sea a través de cuotas o de lo que también se denomina -algo eufemísticamente, hay que decirlo- planificación territorial de la oferta de establecimientos educacionales.

No deja de ser curioso que simultáneamente se apoye la libertad de elección de los padres y no se vea la contradicción entre estas regulaciones de la oferta y este apoyo. Si el temor es que se acabe la educación estatal, éste parece infundado. Siempre aparece en las encuestas al menos un 30 por ciento de la población que la prefiere a otras modalidades educativas. Puede ser deseable una proporción mayor, pero para eso los establecimientos municipales requieren reinventarse y atraer a las familias que se alejaron de ellos. Esto no es fácil, pero no por las razones que a menudo escuchamos. No es porque estén en manos de los municipios, sino porque tienen que cargar con enormes mochilas. Entre otras, escasa autonomía de gestión y pedagógica. Pero también porque deben lidiar con un estatuto que está al servicio de los docentes y no de los estudiantes. Dicho cuerpo legal es el reflejo más fiel de lo que los cientistas políticos y economistas identifican como una captura de las instituciones públicas por parte de un grupo de interés.

Hay que reemplazar el estatuto por una carrera docente que ponga al centro de las motivaciones de los maestros los aprendizajes de nuestros niños y jóvenes. Mirando la experiencia comparada, recogiendo la variada investigación en este campo y también nuestra historia, no debería ser tan difícil llegar a un acuerdo, pero se requiere voluntad y coraje. El desafío es finalmente para nuestros políticos. ¿Están dispuestos a enfrentar a un grupo de interés poderoso? Hasta ahora no se han atrevido. Por cierto, esto debe ser acompañado por un mejor proceso de selección y formación de los nuevos profesores, pero no nos apartemos de la materia tratada.

El estatuto no sólo tiene un impacto en la calidad de la educación municipal, sino también en sus costos. Este hecho se explica por dos factores centrales. Por una parte, sus profesores son mayores en alrededor de seis años a los que ejercen en establecimientos particulares subvencionados. Como el estatuto contempla incrementos salariales por antigüedad, esto significa -en promedio- mayores desembolsos de recursos. Por otra, el estatuto contempla el pago de asignaciones por perfeccionamiento que, en la práctica, son independientes de su calidad. No es fácil calcular el impacto financiero de estos factores en los costos de los establecimientos municipales, pero entre un siete y un diez por ciento por encima de un colegio particular subvencionado equivalente son estimaciones razonables.

¿Hay que compensar a los establecimientos municipales por esta situación? Para responder es útil recordar que los establecimientos municipales, de acuerdo a varias investigaciones de los últimos años que utilizan información de estudiantes individuales, tienen peores desempeños que sus contrapartes particulares subvencionados, aun después de controlar -por la composición socioeconómica de sus estudiantes- eventuales diferencias de gasto por alumno y elección de los padres, entre otros factores. El interés social, entonces, no haría recomendable financiar este mayor costo. El camino es desarticular el estatuto docente. Si se insiste, por razones políticas, en financiar esa ineficiencia, correspondería reconocerlo en el valor de la subvención, renunciando a diferenciar el financiamiento entre instituciones porque ello significaría discriminar no entre ellas sino entre familias. Un financiamiento diferenciado es apropiado sólo cuando las diferencias de costo están ligadas a las características de los niños y jóvenes, pero ello debe hacerse sin distinción de la institución a la que ellos asisten.